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viernes, 19 de mayo de 2017

Vicios viejos



Sin desconocer que la Constitución de 1812, el Reglamento provisional para la Administración de Justicia de 1835 y otras disposiciones posteriores, mejoraron considerablemente el procedimiento criminal, sería temerario negar que aun bajo la legislación vigente no es raro que un sumario dure ocho o más años, y es frecuente que no dure menos de dos,  prolongándose en ocasiones por todo este tiempo la prisión preventiva de los acusados; y aún podría añadirse, para completar el cuadro, que tan escandaloso procesos solían no ha mucho terminar por una absolución de la instancia, sin que nadie indemnizará en este caso a los procesados de las vejaciones sufridas en tan dilatado período, y lo que es más, dejándoles por todo el resto de su vida en situación incómoda y deshonrosa, bajo la amenaza perenne de abrir el nuevo procedimiento el día que por malquerencia se prestaba a declarar contra ellos cualquier vecino rencoroso y vengativo. Esta práctica abusiva y atentadora a los derechos del individuo pugna todavía por mantenerse, con éste o el otro disfraz, en nuestras costumbres judiciales; y es menester que cese para siempre, porque le ciudadano de un pueblo libre no debe expiar faltas que no son suyas, ni ser víctima de la impotencia o del egoísmo del Estado.

Así de contundente y con prosa tan pulcra se mostraba Don Manuel Alonso Martínez, a la sazón ministro de Gracia y Justicia, en la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, allá por el año 1882. Mucho ha llovido desde entonces, pero vistos los vicios procesales actuales, que ya en el siglo XIX se denunciaban, poco parece que hayan cambiado las cosas en el siempre proceloso mundo del foro. Pensemos ahora en un Catalá cualquiera, de esos que no consideran la prevaricación sea una forma de corrupción política, dando esas pinceladas a una ley de tal envergadura, sufriendo por las vejaciones de cualquier procesado, lamentado la incompetencia del Estado, que es la misma que la de la clase política. Imposible; a lo sumo, y gracias, parir el concepto de investigado para no estigmatizar más allá de los necesario. Qué estigma, sin duda, pero el de ellos.

1 comentario:

Fuga dijo...

Excelente comentario.

De la nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal podemos decir que blinda la impunidad en la corrupción político administrativa.

Amigos, alcanzamos las más altas cotas de la mugre institucional y legal...fiesta.